Subvenciones para el establecimiento y consolidación del trabajo autónomo en Castilla- La Mancha.

NORMATIVA: Decreto 33/2023, de 4 de abril, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para el establecimiento y consolidación de proyectos de las personas trabajadoras autónomas, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: del 14 de abril de 2023 y al 15 de julio de 2023.

OBJETO Y FINALIDAD DE LAS AYUDAS: concesión de ayudas para el establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus, así como para la consolidación de proyectos de las personas trabajadoras autónomas

LÍNEAS DE AYUDAS:

Línea 1: Subvenciones para el inicio y mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas, con el fin de facilitar la generación de su empleo por cuenta propia y el mantenimiento durante los primeros 12 meses de actividad.

Línea 2: Subvenciones para la consolidación de la actividad de las personas trabajadoras autónomas, tras los primeros 12 meses de actividad.

En ambas líneas hay una obligación de mantenimiento de la actividad de 12 meses a contar desde el día siguiente a la presentación de la ayuda

BENEFICIARIOS:

1. Podrán ser personas beneficiarias de las subvenciones de la línea 1:

Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas, que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra, una actividad económica y profesional a título lucrativo, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Quedan incluidas  las sociedades limitadas unipersonales.

2. Podrán ser personas beneficiarias de las subvenciones de la línea 2:

a) Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas que cumplan los requisitos del apartado 1, y que realicen la actividad en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, de acuerdo con la tipología y clasificación establecida de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha, así como en el Decreto 108/2021, de 19 de octubre, por el que se determinan las zonas rurales de Castilla-La Mancha, conforme a la tipología establecida en la mencionada ley.

b) Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas que cumplan los requisitos del apartado 1, y que realicen la actividad en zonas rurales intermedias con predominio de la actividad agrícola, con población inferior a 2.000 habitantes, que hayan perdido población durante los cinco años anteriores a 1 de enero de 2021, de conformidad con el Acuerdo de 07/02/2023, del Consejo de Gobierno, por el que se determinan los municipios a los que es de aplicación la disposición adicional sexta de la Ley 2/2021, de 7 de mayo.

c) Las mujeres trabajadoras autónomas que cumplan los requisitos del apartado 1, y que realicen su actividad en las zonas no previstas en las letras a) y b).

En la línea 1 se podrán beneficiar todas las personas que hayan causado alta en el RETA o en la Mutualidad correspondiente en el período comprendido entre el 1 de julio de 2022 y el 30 junio de 2023 y figuren inscritos en las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha, como demandantes de empleo, el día anterior al alta en el RETA o en la Mutualidad de Previsión Social del colegio profesional correspondiente

En la línea 2 se podrán beneficiar las personas que en el momento de solicitar la ayuda lleven más de 12 meses y menos de 36 meses de alta en el RETA o Mutualidad, presenten la solicitud hasta el 15 de julio de 2023 y no hayan  sido beneficiario de ayudas para la consolidación de proyectos de personas trabajadoras autónomas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en los dos años anteriores, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud.

IMPORTE DE LA AYUDA

Línea 1: 3.000 euros.

Línea 2: 2.000 euros.

FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN SOLICITUDES:

Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario Anexo I incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://www.jccm.es/tramites/1007075 .

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