Se ha publicado el Decreto 83/2020, de 21 de diciembre, por el que se regulan ayudas para el inicio y mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas y del familiar colaborador, afectadas por el COVID-19.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones:

a) Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas o por cuenta propia, que realicen la actividad en
nombre propio, incluyendo a las personas trabajadoras autónomas integradas en comunidades de bienes, sociedades
civiles y entidades sin personalidad jurídica, siempre que lo soliciten a título personal y su actividad económica no sea
la mera administración de bienes o masas patrimoniales.
b) Sociedades limitadas unipersonales, cuando la persona física que las constituya desarrolle su actividad en la
sociedad.

Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes.

  1. El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación en
    el Diario Oficial de Castilla-La Mancha del texto completo del presente decreto y de su extracto.
  2. Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, y se presentarán de
    forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración
    de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), que figura como anexo I en el presente
    decreto. Al presentarse de esta forma, la documentación a aportar podrá ser digitalizada y presentada junto a la
    solicitud como archivos anexos a la misma.

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